Jubilación y fiscalidad
IRPF en la pensión de jubilación
Cuando un pensionista recibe su nómina mensual de la Seguridad Social, puede ver una cantidad inferior a la pensión reconocida. Esa diferencia suele ser la retención a cuenta del IRPF, un pago anticipado del impuesto sobre la renta.
La pensión de jubilación se considera rendimiento del trabajo a efectos fiscales, igual que un sueldo. Por eso está sujeta a retención, aunque con algunas particularidades que conviene conocer antes de la campaña de la renta.
Lo esencial sobre IRPF y pensión
- La pensión tributa como rendimiento del trabajo. La retención es un pago a cuenta, no un impuesto adicional.
- Los tramos de IRPF para 2026 parten del 19 % para los primeros 12.450 € y llegan hasta el 47 % para rentas superiores a 300.000 €.
- El mínimo exento para pensionistas depende de la cuantía anual y de las circunstancias personales y familiares.
- Si solo cobras la pensión pública y no superas ciertos umbrales, puede que no te practiquen retención mensual.
- Con dos pagadores (pensión pública + pensión privada o trabajo), el tipo de retención suele ser más alto.
- Puedes revisar tu retención en cualquier momento mediante el servicio de cálculo de la AEAT o solicitando el certificado anual a la Seguridad Social.
Tramos 2026
Escala general del IRPF aplicable a pensiones en 2026
| Base liquidable (€) | Tipo estatal | Tipo autonómico | Tipo total |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,50 % | 9,50 % | 19 % |
| 12.450 € – 20.200 € | 12,00 % | 12,00 % | 24 % |
| 20.200 € – 35.200 € | 15,00 % | 15,00 % | 30 % |
| 35.200 € – 60.000 € | 18,50 % | 18,50 % | 37 % |
| 60.000 € – 300.000 € | 22,50 % | 22,50 % | 45 % |
| Más de 300.000 € | 24,50 % | 24,50 % | 47 % |
Los porcentajes autonómicos pueden variar según la comunidad autónoma de residencia. Consulta la escala de tu comunidad para un cálculo exacto.
Cómo se calcula la retención en la pensión
¿Qué parte de la pensión está sujeta?
La Seguridad Social aplica la retención sobre la cuantía bruta anual estimada de la pensión, descontando los mínimos personales y familiares que el pensionista haya comunicado. El resultado es un porcentaje que se descuenta cada mes.
El cálculo lo realiza la entidad pagadora (normalmente el INSS) al inicio de cada ejercicio o cuando hay cambios en la cuantía o en los datos fiscales. Si el pensionista no ha comunicado su situación familiar, se aplica el tipo mínimo correspondiente a su cuantía.
Ejemplos prácticos
Pensión de 14.000 € anuales (1.000 € brutos/mes en 14 pagas) - Base liquidable: 14.000 € - mínimo personal (aproximadamente 5.550 €) = 8.450 € - Al estar por debajo del primer tramo (12.450 €), el tipo marginal es del 19 % - Retención anual estimada: unos 1.600 € → ~114 €/mes
Pensión de 22.000 € anuales (1.571 € brutos/mes en 14 pagas) - Primeros 12.450 € al 19 % = 2.365,50 € - Siguientes 7.750 € al 24 % = 1.860 € - Resto 1.800 € al 30 % = 540 € - Retención anual estimada: unos 4.765 € → ~340 €/mes
Pensión de 36.000 € anuales (2.571 € brutos/mes en 14 pagas) - Primeros 12.450 € al 19 % = 2.365,50 € - Siguientes 7.750 € al 24 % = 1.860 € - Siguientes 15.000 € al 30 % = 4.500 € - Resto 800 € al 37 % = 296 € - Retención anual estimada: unos 9.021 € → ~644 €/mes
Dos pagadores o pensión privada
Si además de la pensión pública cobras una pensión privada (plan de pensiones, PIAS, rentas vitalicias) o tienes otro rendimiento del trabajo, los pagadores suman y el tipo de retención se calcula sobre el total. En estos casos el tipo suele ser más alto porque la base imponible conjunta supera los tramos inferiores.
Cómo comprobar tu retención
1. Pide el certificado anual de retenciones a la Seguridad Social (está disponible en la sede electrónica del INSS). 2. Usa el servicio "Calcular retenciones" de la Agencia Tributaria en su portal. 3. Revisa el recibo mensual: la línea de IRPF debe aparecer desglosada. 4. Si el tipo te parece incorrecto, presenta el modelo 143 para solicitar la regularización.
Revisión práctica
Pasos para calcular tu retención de IRPF en la pensión
- Consulta el importe bruto anual de tu pensión en el certificado de la Seguridad Social.
- Identifica si tienes otros pagadores (otra pensión, trabajo, alquiler, etc.) que sumen a la base imponible.
- Revisa tu situación familiar: cónyuge a cargo, hijos, discapacidad o residencia fiscal en comunidad con tipos propios.
- Aplica los tramos de la escala general a tu base liquidable estimada para obtener el tipo medio.
- Compara el resultado con el porcentaje que aparece en tu nómina mensual de pensión.
- Si hay diferencia significativa, usa el simulador de la AEAT o presenta el modelo 143 para ajustar el tipo.
Preguntas frecuentes
¿Todas las pensiones de jubilación pagan IRPF?
No. Las pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez pueden estar exentas. La jubilación ordinaria está sujeta cuando supera los mínimos exentos legales.
¿Qué pasa si no me retienen IRPF en la pensión?
Puede deberse a que la cuantía anual no supera el mínimo exento o a que los datos comunicados sitúan tu tipo en cero. Si tienes otros ingresos, igualmente deberás declarar y pagar lo que corresponda en la renta.
¿Puedo solicitar que me retengan más o menos IRPF?
Sí. Puedes presentar el modelo 143 en la Agencia Tributaria para solicitar un tipo de retención diferente, justificando tu situación personal y familiar.
¿La pensión mínima está exenta de IRPF?
Las pensiones mínimas pueden no estar sujetas a retención mensual si su cuantía anual no supera los umbrales fijados, pero eso no significa que estén exentas si hay otros ingresos.
¿El IRPF de la pensión es igual en todas las comunidades autónomas?
No. La parte autonómica del IRPF puede variar. Comunidades como Madrid tienen tipos más bajos, mientras que Cataluña o la Comunidad Valenciana pueden tener tramos autonómicos superiores.
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